lunes, 25 de agosto de 2008

IMPUGNACIÓN BASES CONSERJES



El grupo Socialista (PSOE) del Ayuntamiento de Casar de Palomero ha presentado hoy, día 25 de agosto de 2008, un escrito de impugnación de las bases para la contratación de 2 Conserjes, por considerar que no cumplen con los derechos de igualdad, mérito y capacidad que deben respetarse en la convocatoria de cualquier plaza de empleo público.
La impugnación se justifica en los siguientes argumentos:

El día 18 de agosto se publicaron las bases para la contratación de 2 conserjes. Estas bases han sido aprobadas directamente por el Alcalde de Casar de Palomero, sin llevarlas a pleno.
Las bases de contratación no cumplen los derechos de igualdad, mérito y capacidad obligatorios para cualquier convocatoria de empleo público.

En el apartado en el que se detalla el baremo de los méritos se han apreciado las siguientes causas de nulidad, y que hacen que sea de obligado cumplimiento su modificación y corrección para que se ajusten a la legalidad.

· En el apartado: Por haber trabajado en el Ayuntamiento, excepto el AEPSA. 1 PUNTO: No se está respetando el derecho de mérito y capacidad, ya que de esta manera, un aspirante con un día trabajado en el Ayuntamiento, excepto el AEPSA, obtendría la misma puntuación que un aspirante con 10 años trabajados en el Ayuntamiento. Además hay jurisprudencia que anula la puntuación del tiempo trabajado (en trabajo distinto al de la convocatoria) en la administración que convoca la plaza, por la que sólo es posible puntuar el trabajo para el mismo puesto de la convocatoria, en este caso CONSERJE. Para lo que debería establecerse una puntuación por mes o año trabajado en las administraciones públicas, para la misma plaza o con iguales funciones, y otra puntuación inferior para el trabajo en empresas privadas, ambas con un máximo de puntos. De esta forma SI se valora el mérito y la capacidad. y no se produce la clara discriminación que provoca este apartado de las bases.

· En el segundo apartado del baremo de méritos, se puntúa con 1 punto a los aspirantes que tengan conocimiento de informática. De igual manera consideramos desde el grupo socialista que se está incumpliendo el derecho de mérito y capacidad, ya que no se especifica, si debe ser por la realización de cursos, de cuántas horas, si estos deberán ser de organismos públicos y oficiales, etc. Por todo ello al igual que en el apartado anterior se daría la circunstancia que un aspirante con un curso de informática de 10 horas podría obtener la misma puntuación que un aspirante con un curso de 300 horas. Por lo que desde el grupo municipal socialista proponemos que se establezca en las bases una modificación para que puedan ser puntuados los conocimientos de informática, sólo en caso de cursos realizados por organismos públicos y estableciendo unas puntuaciones según el número de créditos del curso realizado, hasta un máximo.

· En el tercer apartado, hay suficiente jurisprudencia al respecto. Y además consideramos que al no especificar nada en las bases cualquier aspirante no empadronado en el Municipio lo podría hacer en el momento de presentar su solicitud, y debería valorarse de igual manera ya que no se pide antigüedad en el empadronamiento. Y en todo caso, estando de acuerdo el grupo socialista en que debe favorecerse la contratación de personas residentes en el municipio, no puede establecerse con la valoración del empadronamiento ya que la jurisprudencia en este sentido lo deja fuera de la legalidad, para favorecer a los habitantes del Municipio se pueden establecer otros mecanismos, como la realización de una prueba en la que se le exijan conocimientos del Municipio…

· En el apartado cuarto, por tener permiso de conducir, se advierte que no se aclara la clase de permiso de conducir requerida, ni se justifica por qué se necesita el carné de conducir para la plaza de conserje.

· En el apartado quinto, consideramos que incumple el principio de igualdad, puntuar con 2 puntos a los aspirantes mayores de 35 años, ya que esto discrimina claramente a los jóvenes aspirantes. Si bien es cierto en que en algunas convocatorias se favorece la contratación de personal de alto riesgo de desempleo con alguna puntuación, entendemos que 2 puntos no es justificado, ya que se valora más este apartado que no es ningún mérito por si mismo, que el apartado primero el del trabajo, o el de la formación que si son méritos. Por consiguiente consideramos que en todo caso como en otras convocatorias se puede establecer un apartado donde se puntúe a los sectores de mayor riesgo de paro, pero que en ningún caso es a partir de los 35 años. En muchas convocatorias públicas y por recomendación de la Junta de Extremadura se viene favoreciendo la contratación de MENORES DE 25 AÑOS, DE MAYORES DE 45 AÑOS Y DE LAS MUJERES, puesto que son los que más sufren el desempleo y más dificultades tienen de encontrar trabajo. Por todo ello consideramos que debe modificarse este apartado, anulando el aprobado por el Alcalde y estableciendo preferencias con mayor puntuación a estos tres sectores de población. Además de solicitar que en todo caso se valoren las cargas familiares, para favorecer a las familias jóvenes del municipio.

· En el apartado sexto se valora la discapacidad con 2 puntos. Consideramos que es acertado valorar a las personas que tengan una discapacidad que le permita trabajar como conserje. Pero estimamos que debe aclararse el grado de discapacidad exigido. Ya que suele considerarse por encima del 33% y en las bases no se especifica nada en este sentido.

· En el séptimo apartado se valora llevar 1 año o más desempleado. Consideramos acertado favorecer la contratación de los parados de larga duración, pero de igual forma entendemos que debería haber sido aconsejable que se hubiera puntuado el desempleo por tramos de antigüedad y establecido una puntuación mayor a los parados de larga duración que no cobran desempleo.

Esperamos la RECTIFICACIÓN DEL ALCALDE.

EL TIEMPO PONDRÁ A CADA UNO EN SU LUGAR.

AGRUPACIÓN SOCIALISTA DE CASAR DE PALOMERO.

1 comentario:

Juventudes Socialistas Kasareñas dijo...

Las JSK por nuestra parte, también hemos impugnado las bases y estamos a la espera de respuesta.

Esas bases no es que las haya hecho alguien sin tener ni idea, es que un chaval de 12 años las hace con más criterio y mejor SEGURO.

"Los malos nunca descansan, ¿por qué deberíamos hacerlo nosotros?"